Corte frena cobro del CAE: deudora apuntó contra nuevo mecanismo que usa la Tesorería y revirtió orden de embargo 16.05.2026

La Corte de Apelaciones de Arica anuló un procedimiento de cobro de la Tesorería Regional contra una deudora del Crédito con Garantía del Estado (CAE). El tribunal determinó en fallo unánime que el CAE no es un impuesto, por lo que la Tesorería no puede utilizar el procedimiento tributario, sino que debe seguir las reglas generales de cobro civil o ejecutivo. La Corte argumentó que la ley del CAE exige someterse a las "reglas generales de procedimiento", que el disfrazar la deuda en formularios internos no cambia su naturaleza jurídica, y que permitir la venta de la deuda a terceros demuestra que no es de carácter tributario. Al aplicar el Código Tributario, la Tesorería lesionó la igualdad ante la ley de la deudora, obligándola a un juicio restrictivo. Por ello, se dejó sin efecto el expediente de cobro, obligando al Estado a iniciar un proceso ordinario respetando el derecho a defensa.















