En Colima, el uso de vidrios polarizados está restringido y sujeto a normativas específicas para evitar multas. La Subsecretaría de Movilidad permite una franja superior en el parabrisas con filtro grado 1 (mínimo 30% de luz visible) o grado 2 (mínimo 15% de luz visible), y solo el polarizado de fábrica, grado 1, en ventanas laterales. El filtro grado 2 solo se autoriza para vehículos de seguridad pública y para personas con afecciones dermatológicas graves, quienes deben presentar un certificado médico oficial. El incumplimiento de estas reglas puede resultar en la remisión del vehículo y una multa de 36 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), aproximadamente $4,073.04.