Estar casado no le garantiza la pensión de sobrevivientes en 2026: esto exige la Corte 05.04.2026

La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha clarificado que el matrimonio por sí solo no garantiza el acceso a la pensión de sobrevivientes a partir de 2026. La Sala de Casación Laboral reiteró que el requisito fundamental es demostrar una convivencia real, efectiva y constante de al menos cinco años continuos previos al fallecimiento del causante, según lo estipulado en la Ley 100 de 1993 y modificada por la Ley 797 de 2003. Esta convivencia debe evidenciarse a través de la vida en común bajo el mismo techo, apoyo económico recíproco, una relación afectiva estable y acompañamiento constante, primando la realidad de la relación sobre la formalidad del vínculo civil para proteger la finalidad del sistema pensional de brindar auxilio a quienes verdaderamente compartían un proyecto de vida.















