El Poder Judicial, mediante la Primera Sala Constitucional de Lima, declaró improcedente la medida cautelar presentada por Dina Boluarte para suspender los efectos de su vacancia por incapacidad moral. La exmandataria pretendía dejar sin efecto temporalmente la resolución aprobada por el Congreso el 10 de octubre de 2025 mientras se resuelve su demanda de amparo. Su defensa argumentó que durante el procedimiento parlamentario se vulneraron derechos fundamentales como el debido proceso, el derecho de defensa, la igualdad ante la ley, el honor y la buena reputación.