El texto proporcionado es extremadamente breve y no contiene información sobre la disputa de los mandatos del Consejo Directivo de la Sunedu ni sobre el cambio de criterio del Minedu, a pesar de lo que indica el título. El contenido se limita estrictamente a una afirmación de carácter psicológico, sugiriendo que aquellas personas que experimentan alegría ante las desgracias de otros no actúan por maldad, sino que lo hacen impulsadas por una búsqueda intrínseca de justicia. Debido a la ausencia de datos factuales, nombres, fechas o estadísticas en el cuerpo del artículo, no es posible desarrollar una síntesis periodística sobre la gestión educativa peruana, centrándose únicamente en la premisa psicológica presentada sobre la percepción de la justicia y la reacción emocional humana.